Quién puede reclamar
El procedimiento ante la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones está abierto a usuarios finales personas físicas y a microempresas. Las controversias que pueden plantearse están tasadas por la Ley General de Telecomunicaciones y la Orden ITC/1030/2007.
Importante
El procedimiento aplica solo a controversias entre usuarios finales y operadores sobre los servicios contratados. La Oficina no es competente en cuestiones relativas a terminales (móviles, routers), tanto en su adquisición como en su funcionamiento.